Información fiscal
NIF - Número de Identificación Fiscal -
Para poder comprar una propiedad en Portugal, necesitará obtener su "número de identificación fiscal", que puede ser emitido por cualquier servicio financiero local.
Este número también es necesario para abrir una cuenta bancaria en Portugal y realizar pagos relacionados con la propiedad, como agua, electricidad, etc.
Debido a las nuevas normas sobre evasión fiscal y blanqueo de dinero, es probable que su abogado le diga que los extranjeros que deseen poseer una propiedad en Portugal deben tener un representante fiscal en el país. Su abogado podrá brindarle orientación a este respecto.
Testamento -
Si posee una propiedad o inmueble en Portugal, es recomendable que redacte un testamento portugués, incluso si ya lo ha hecho en su país de origen.
Un testamento portugués facilitará el proceso de herencia para quienes eventualmente heredarán la propiedad.
Impuesto sobre Sucesiones -
Como incentivo adicional para los residentes fiscales en Portugal, este impuesto ha sido suprimido si los herederos del inmueble son el cónyuge, los hijos o los padres. Los demás partidos sólo pagarán el 10%. Si no es residente fiscal en Portugal, puede estar sujeto al impuesto de sucesiones sobre sus activos portugueses en su país de residencia fiscal.
Residencia -
Si reside permanentemente en Portugal o permanece en el país más de 183 días consecutivos al año, debe solicitar la residencia.
Es un documento de identificación que te otorga, como miembro de la Unión Europea, los mismos derechos que un ciudadano nacional. Este documento incluye datos como nombre, dirección en Portugal, fecha de nacimiento, estado civil, número de pasaporte, huella digital y fotografía.
Obtener la residencia no te convertirá en ciudadano portugués ni tendrás que renunciar a tu nacionalidad actual.
Impuestos
A continuación se detallan los impuestos involucrados en la compra de una propiedad.
El Impuesto de Timbre- (IMT) - es el impuesto sobre la transferencia de bienes y se paga al Estado portugués inmediatamente antes de la celebración del contrato.
El límite de exención del impuesto es de 80.000 €, por encima de esta cantidad. Existe un baremo, hasta un máximo del 6% del precio de compra para la compra de un inmueble superior a 500.000€. Para la compra de "terrenos" se aplica un tipo fijo del 6,5%, independientemente del valor de venta.